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Peguntas Frecuentes

A continuación se incluye información relacionada con algunas preguntas más comunes cuando requieren nuestros servicios. Haga clic en uno de los enlaces para descubrir la respuesta.

¿Cuál es el horario de atención a clientes?

Nuestro horario de atención a Clientes, es por la mañana de 9:00 hrs. a 17:00 de lunes a viernes, previa cita.

¿Pueden atenderme sin previa cita?

Claro que si, pero, le recomendamos hacer una cita para no hacerlo esperar y darle el tiempo que necesita.

¿Qué tipo de identificación es aceptada por el Notario?

La credencial para votar, el pasaporte, la cédula profesional o la cartilla militar.

¿Qué es un Notario?

El Notario es un profesional del derecho investido de fe pública que ejerce una función de orden público, y que tiene a su cargo recibir, interpretar, redactar y dar forma legal a la voluntad de las personas que ante él acuden, así como autenticar y dar certeza jurídica a los actos y hechos pasados ante él, mediante la consignación de los mismos en instrumentos públicos de su autoría, que tienen fuerza probatoria plena y acción ejecutiva, y en algunos casos fuerza de cosa juzgada.

¿Qué es una Escritura?

La escritura es un documento público otorgado ante notario que ofrece la máxima seguridad jurídica en nuestro Derecho. Tiene unos efectos poderosos, regulados específicamente por las leyes, que superan con mucho los que tiene un documento privado. Las Administraciones, los jueces y la sociedad en general atribuyen credibilidad absoluta a los hechos o declaraciones que constan en una escritura pública.

¿Se paga el Impuesto Sobre la Renta al vender su casa habitación?

No se paga, si ésta es su primera enajenación en tres años de su casa habitación; siempre y cuando no exceda de setecientos mil UDIS, y si el área del terreno es mayor de tres veces del área construida.

¿Las donaciones causan Impuestos?

No ese paga el Impuesto Sobre la Renta por adquisición, si es entre padres e hijos o nietos, y viceversa, o entre cónyuges.

¿Puedo comprar mi casa con dinero en efectivo?

Sólo hasta por la cantidad equivalente de 8,025 UMAS, en Moneda Nacional, el resto del precio debe pagarse mediante transferencia bancaria o mediante la suscripción de algún tipo de título de crédito, como lo es el cheque.